Prohibiciones

Queda prohibido:

  • La utilización de espacios fuera del área contratada, ni ningún tipo de publicidad o propaganda comercial en el recinto, pisos, fachadas y áreas externas o internas a través de carteles, anuncios, adhesivos o cualquier otro medio impreso o no sin autorización del Organizador de la Feria. En los casos que se autorice será en base al diseño presentado y solo una vez abonada la tarifa establecida al efecto.
  • Usar equipos y/o crear condiciones para su uso que causen molestias a otros expositores, la actuación de grupos musicales dentro del stand, áreas comunes o en los pasillos de circulación; hacer demostraciones ruidosas o propaganda con altoparlantes u otros medios de similar o no características para atraer el público.
  • El volumen alto de emisiones en casos de expositores que exhiben equipos de música u otros medios audiovisuales que molesten al resto de los participantes.
  • Realizar degustaciones, sorteos o rifas sin la autorización del Organizador y dado el caso que se autoricen, que impidan la libre circulación de los visitantes o alteren el orden en las Salas.
  • Acreditar al personal de diseño y realización gráfica de otras empresas no autorizadas por el Organizador de la Feria sin el pago previo de la tarifa correspondiente.
  • El acceso de vehículos a las áreas interiores del recinto ferial, excepto los de servicios y aquellos autorizados expresamente por el Organizador de la Feria.
  • El parqueo de vehículos de los expositores en áreas distintas a las determinadas para este fin.
  • El desmontaje y la salida de muestras y mercancías de los stands antes de la culminación de la Feria, salvo autorización expresa del Organizador. En todos los casos el expositor deberá presentar la Declaración de Entrada y Salida de Mercancías.
  • La salida de las muestras fuera de los horarios establecidos la que podrá efectuarse solo una vez concluida la Feria, salvo autorización expresa del Organizador.
  • El acceso de menores de edad al recinto en las etapas de montaje, exposición y desmontaje, salvo en aquellos eventos donde sea autorizada expresamente su presencia. Tampoco podrá acceder al recinto animales de ningún tipo ni plantas salvo autorización expresa de las autoridades del recinto o cuando se trate de eventos especializados en esas temáticas.
  • La entrada al recinto de tanques, recipientes o similares con materiales o sustancias inflamables o no que sean nocivos para la salud o puedan ocasionar siniestros por incendios, intoxicación, ruidos u otros daños a la salud de los participantes, así como a los bienes e instalaciones del recinto, salvo autorización expresa del Organizador de la Feria, una vez que obtenga el visto bueno de las autoridades competentes.
  • La puesta en marcha o utilización, dentro del recinto ferial, de equipos o maquinarias de los que emanen polvo, gases tóxicos o asfixiantes.
  • La entrada de plantas eléctricas, equipos de corte, oxicorte u otros de similar naturaleza para realizar trabajos de montaje, soldaduras y cualquier tipo de demostración, salvo autorización expresa del Organizador de la Feria. En estos casos dichos equipos contarán con la protección correspondiente y deberán estar certificados por las autoridades competentes.
  • Entrar al recinto muebles, medios o equipos similares a los alquilados por este a los participantes.
  • Acceder, por parte del personal de montaje y diseño de los expositores, a estructuras, techos y paredes del recinto con la finalidad de colgar, fijar o utilizar en cualquier forma elementos decorativos o de soporte para montajes, sin autorización previa y expresa del Organizador de la Feria.
  • Hacer uso de llaves de oficinas, locales, puertas, vitrinas, gabinetes y demás sin el depósito previo del importe establecido por el recinto. Dicho importe quedará en concepto de fondo y será reintegrado una vez se devuelvan las llaves.
  • Fumar en las Salas del recinto u otros lugares cerrados o no donde exista tal prohibición.
  • La entrada de equipos de alto consumo eléctrico los que de ser autorizados por el Organizador y deberán pagar el exceso de consumo permitido.
  • La apertura de puertas de entradas de cargas durante el montaje, exposición y desmontaje cuando los equipos de climatización de las Salas se encuentren en funcionamiento. En todos los casos la apertura de dichas puertas será por parte del personal autorizado del recinto y con la autorización del Organizador de la Feria.
  • Afectar la edificación, sus instalaciones y locales con anclajes, puntillas y otros, así como los elementos divisorios y de decoración.
  • A los expositores, montadores y diseñadores subirse a las estructuras del techo del recinto y descolgar cualquier tipo de elemento decorativo o de soporte sin la previa autorización de PABEXPO o en sillas, mesas u otro mobiliario alquilado a PABEXPO para realizar cualquier tipo de trabajo o darle un uso distinto al de dichos muebles.
  • Realizar señalizaciones en los pisos, pasillos de circulación y otras áreas sin autorización del Organizador de la feria. Dado el caso que sin la correspondiente autorización se hubieren realizado, el expositor está obligado a retirarla de forma inmediata y con sus propios medios.

El incumplimiento de cualquiera de las prohibiciones enunciadas en este Reglamento será motivo de penalización por parte de PABEXPO con independencia de las acciones legales que puedan iniciarse. Dicha penalización cuando se trate de sanciones pecuniarias deberá cumplirse antes de la culminación del evento en cuestión.